cuantías con la subida del 8,5%

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva que ofrece la Seguridad Social con el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social en España. Las personas a las que le sea concedida esta ayuda económica se les asignará una cuantía por parte de la Seguridad Social, que dependiendo de los ingresos puede variar.

En sí el Ingreso Mínimo Vital es lo que se denomina como una renta garantizada ¿Qué quiere decir esto? Qué es lo mínimo que debería cobrar una persona o unidad de convivencia.

Esta prestación es compatible con el cobro de otras ayudas y subsidios por desempleo. También puede compatibilizarse la ayuda con un trabajo, algo que se verá premiado con la última modificación de la prestación. Pero los ingresos pueden suponer la reducción de la prestación, por lo que es importante conocer cómo se calcula el Ingreso Mínimo Vital.

Cómo se calcula el Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación complementaria a los ingresos del solicitante. Es decir, la suma de todos los ingresos deberá llegar a ese mínimo de renta garantizada, que en caso de no llegar a ese mínimo fijado por la Seguridad Social, será donde esta prestación complemente el ingreso.

Para entrar en contexto vamos a explicarlo con un ejemplo. Una persona pertenece a una unidad de convivencia conformada por dos adultos y dos menores y solicita la Ingreso Mínimo Vital. La Seguridad Social comprueba que reúne los requisitos que dan acceso a la ayuda y se le concede una renta anual garantizada de 13.184,01 euros (1.098,66 euros mensuales).

Ahora a esa unidad de convivencia uno de los adultos trabaja a media jornada y cobra 450 euros al mes y la otra persona adulta cobra un subsidio parcial de 240 euros mensuales. La suma de todos los ingresos será de 690 euros, por lo que les faltaría para llegar a esa renta mínima de 1,098,66 euros unos 408,66 euros al mes.

Entonces, en este supuesto, la Seguridad Social abonaría durante ese año al beneficiario una prestación de 408,66 euros al mes. A partir del año siguiente, para seguir manteniendo la prestación, el beneficiario deberá presentar la declaración de la Renta, ya que es uno de los requisitos exigidos por la Seguridad Social.

En este punto puede ocurrir, que la situación económica del beneficiario o de los integrantes de la unidad de convivencia mejoren, por lo que se reducirá la cuantía o se retirará la prestación. También puede pasar que empeore y los ingresos se vean reducidos, por lo que la prestación podrá aumentar.

Cuantías de Ingreso Mínimo Vital con la subida del 8,5 %

Las cuantías del Ingreso Mínimo Vital variarán dependiendo de la unidad de convivencia. Estas subirán a partir del 1 de enero de 2023, tal y como recogen los Presupuestos Generales del Estado de 2023 (PGE). Así, con esta subida del 8,5 % las familias monoparentales pasarían a ingresar entre 6.401,06 euros anuales hasta los 14.082,34 euros al año.

Estas serán las cuantías para 2023 con la subida del 8,5 % ya aplicada:

Unidad de Convivencia IMV mensual IMV anual
Un adulto 533,42 6.401,06
Un adulto y un menor 810,80 9.729,61
Un adulto y dos menores 894,77 10.737,27
Un adulto y tres o más menores 1.130,85 13.570,25
Dos adultos 693,44 8.321,38
Dos adultos y un menor 853,47 10.241,70
Dos adultos y dos menores 1.013,50 12.162,02
Dos adultos y tres o más menores  1.173,52 14.082,34
Tres adultos 853,47 10.241,70
Tres adultos y un menor 1.013,50 12.162,02
Tres adultos y dos o más niños 1.173,52 14.082,34
Cuatro adultos 1.013,50 12.162,02
Cuatro adultos y un niño 1.173,52 14.082,34
Otras unidades de convivencia 1.173,52 14.082,34

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