Las ciudades donde ya se puede solicitar el bono joven de alquiler

El bono joven para el alquiler, anunciado por todo lo alto, entró en vigor en enero de 2022. Su puesta en marcha, sin embargo, ha tardado un poco más: solo cinco comunidades autónomas lo han habilitado. Aunque se estima que el resto publiquen pronto la convocatoria, hay otro dato que señalar que no da señales de una gran efectividad en la práctica: todavía no ha recibido el bono ningún joven, ni siquiera en las comunidades donde se ha solicitado.  

Hay que recordar que esta ayuda para el alquiler, de 250 euros al mes, está destinada a personas de entre 18 y 35 años, con la finalidad de facilitar la independencia de este colectivo, uno de los que presenta mayores dificultades para adquirir una vivienda. Según las previsiones, se beneficiarán alrededor de 70.000 jóvenes, números insuficientes si se atiende al colapso que se ha producido en las comunidades en las que se ha abierto la convocatoria.

Por ejemplo, citando el caso de Cataluña, durante el primer día habilitado, a primera hora de la tarde, ya se habían registrado 15.000 solicitudes de las 9.600 ayudas que podrá conceder el Departamento de Derechos Sociales, según los cálculos que han realizado a través del presupuesto que ha concedido el Gobierno (para cada comunidad autónoma es distinto). Por ese motivo, conviene conocer los plazos para solicitar el bono joven para el alquiler, ya que los gobiernos autonómicos están optando por concederlo por orden de llegada. A continuación se muestra una guía completa. 

Dónde se puede solicitar el bono joven para el alquiler 

Las fechas de solicitud del bono joven de alquiler varían dependiendo de la comunidad autónoma. En Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia y Asturias ya se puede pedir, aunque la primera ha cerrado el plazo. Estas son las fechas estimadas para solicitar esta ayuda para el alquiler: 

  • Andalucía: no está abierta la convocatoria. 
  • Aragón: no está abierta la convocatoria. Según ha podido saber ‘Newtral’, se espera que se convoque antes de que finalice el verano. 
  • Asturias: Abierta desde hoy 6 de julio de 2022 hasta el 30 de diciembre de 2023. Se puede enviar la solicitud desde la Sede Electrónica del Principado de Asturias o presencialmente en las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano. Junto al resto de requisitos, el precio del alquiler de la vivienda debe ser igual o inferior a 600 euros mensuales. Si se trata del alquiler de una habitación, la renta no puede superar los 300 euros al mes.
  • Baleares: no está abierta la convocatoria. 
  • Canarias: no está abierta la convocatoria, pero se estima que se convoque este mismo mes de julio. 
  • Cantabria: no está abierta la convocatoria y habrá que esperar a sy publicación en el BOC del decreto de Cantabria. Todas las novedades las pondrán en la web ‘Vivienda de Cantabria’.
  • Castilla y León: no está abierta, pero se espera que abran la convocatoria en julio. Así lo ha confirmado el organismo al citado medio, avisando de se podrá consultar en el Portal de vivienda.
  • Castilla La Mancha: abrirán la convocatoria nada más recibir los fondos. Esperan que sea este mismo mes. 
  • Cataluña: finalizada la convocatoria (se abrió el 8 de junio y se cerró el 17 de dicho mes). 
  • Comunidad Valenciana: abierta la convocatoria desde el 1 de junio hasta el 31 de octubre de 2022. 
  • Extremadura: el pasado 28 de junio autorizaron la convocatoria, así que se espera que se publique en breve en el Diario Oficial de Extremadura. 
  • Galicia: abierta la convocatoria desde el 1 de julio hasta el 31 de octubre de 2022. Se puede enviar la solicitud desde la Sede Electrónica de la Xunta de Galicia. 
  • Madrid: se abrirá este verano, pero no se han concretado fechas.
  • Murcia: sin abrir convocatoria. La pondrán en marcha nada más recibir los fondos del Gobierno, según sus declaraciones. 
  • La Rioja: se abrirá la convocatoria este mes de julio.
  • Ceuta: sin abrir convocatoria.
  • Melilla: sin abrir convocatoria. 

Requisitos del bono joven del alquiler 

Para solicitar el bono joven del alquiler, se tiene que cumplir los requisitos publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE), aplicables a todas las comunidades autónomas: 

  • Tener entre 18 y 35 años. 
  • Tener rentas inferiores a los 24.318,84 euros anuales (tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, IPREM). Si se hace la división mensual, son 2.026 euros al mes si se tienen 12 pagas anuales o 1.737 euros si se tienen 14 pagas al año.
  • La vivienda alquilada debe ser la residencia habitual. 
  • Contar con residencia legal en España.
  • Disponer de una fuente regular de ingresos que aporte rentas anuales. Se incluyen los trabajadores por cuenta propia o ajena; personal investigador en formación; y personas perceptoras de una prestación social pública periódica. Además, hay que acreditar una vida laboral de al menos tres meses de antigüedad en los 6 meses inmediatamente anteriores al momento en que se solicita la ayuda. También vale con acreditar una duración prevista de la fuente de ingresos durante un mínimo de 6 meses desde su solicitud.
  • No exceder los topes máximos de renta por el alquiler de la vivienda. Estos sí son distintos dependiendo de la comunidad y de si se trata de una “zona tensionada”.  

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