Estos son los motivos por los que la Seguridad Social decide quitar una pensión por incapacidad permanente

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ofrece a los ciudadanos una serie de prestaciones como es la incapacidad permanente. Se trata de una pensión compensatoria destinada a las personas que sufran un grado de discapacidad entre el 33% y el 100%. Los beneficiarios de la prestación pueden ver retirada la ayuda durante un periodo de tiempo si se descubren irregularidades.

La Seguridad Social hace una distinción entre los dos tipos de retirada. Dependiendo del tipo de infracción que el pensionista haya causado, el organismo decide el motivo de la retirada de esta prestación. Ocurrirá de manera temporal, o incluso, de forma permanente.

En caso de que el INSS detecte alguno de los ocho motivos que recoge en su normativa legal, se provocará una suspensión del pago de la pensión por incapacidad permanente. El afectado tendrá la obligación de acreditar la veracidad de los motivos que se le acusan para recuperar de nuevo el cobro de su pensión.

Los motivos por los que pierde una incapacidad permanente

La sede electrónica del INSS recoge que un pensionista beneficiario de la pensión por incapacidad permanente puede dejar de recibir la prestación si se detecta alguno o algunos de los motivos que se recoge en su normativa. 

Anteriormente, hay que diferenciar los dos grupos de acuerdo a la temporalidad de retirada de pensión. En un primer grupo se encuentran aquellos que pierden la ayuda de modo temporal, mientras que, el segundo grupo puede peder la condición de forma permanente, lo que supondría una extinción definitiva.

Razones para la suspensión temporal

Para perder temporalmente la condición de incapacitado permanente, el organismo público recoge cuatro motivos. La Seguridad Social considera con carácter grave las siguientes infracciones:

  • Si el beneficiario ha defraudado a la Seguridad Social para obtener la pensión.
  • Si la incapacidad es debido o se haya agravado por culpa del pensionista.
  • Si la incapacidad es debida o sea más severa a consecuencia de que el afectado ha rechazado el tratamiento sanitario.
  • Si el beneficiario rechaza o abandona los tratamientos de rehabilitación.

Razones para la suspensión definitiva

Otros cuatro motivos son los que recoge el INSS y que suponen una retirada definitiva de la prestación por incapacidad permanente. A continuación, se detallan esas infracciones graves que motivan la retirada de la pensión:

  • Curación del afectado por la incapacidad.
  • Fallecimiento del beneficiario de la pensión.
  • Tener derecho a solicitar la pensión de jubilación.
  • Si la entidad gestora determina la pérdida del derecho a cobrar la prestación. 

¿Qué hago si me retiran la pensión?

La pérdida de esta prestación permanente puede ser un varapalo económico para mucho de los beneficiarios que no están completamente informados de la pérdida de condición. Si hay alguna persona que haya sufrido esta situación de y no está de acuerdo, puede acudir a la sede electrónica de la Seguridad Social e interponer una reclamación.

Para llevar a cabo la reclamación debe dirigirse al apartado ‘ciudadano‘ y a la pestaña ‘incapacidad‘. Una vez dentro, debe localizar la opción solicitud de revisión de incapacidad permanente. Debe identificarse como interesado, representante o interesado y, posteriormente, acceder con el certificado electrónico, cl@ve pin, vía SMS, o el DNIe o certificado.

Al identificarse, aparecerá un menú con la opción de ‘trabajo’, teniendo que dirigirse hasta el apartado llamado ‘más información’ del cuadro. Ahí, habrá que seleccionar la opción ‘incapacidades temporales y permanentes’, donde se solicitará una cita previa para que la Seguridad Social revise el grado de discapacidad que sufre una persona y, con lo consecuente, la reanudación de la pensión.

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